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Con la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013 del 5 de Abril por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, es obligatorio poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios (viviendas, locales, etc) un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética.

Para poder disponer de la etiqueta es necesaria la realización de la certificación energética del inmueble por técnicos competentes y habilitados.

Para cualquier aclaración al respecto, deberá dirigirse al tlf 686641479 o al email:  info@i-think.es

Información Certificación Energética 

Real Decreto 235/2013, de 5 de abril