Con la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013 del 5 de Abril por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, es obligatorio poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios (viviendas, locales, etc) un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética.
Para poder disponer de la etiqueta es necesaria la realización de la certificación energética del inmueble por técnicos competentes y habilitados.
Para cualquier aclaración al respecto, deberá dirigirse al tlf 686641479 o al email: info@i-think.es
Información Certificación Energética
Real Decreto 235/2013, de 5 de abril